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No de Actividad: 1




Reporte de Actividad:
Fecha de Entrega:


Conalep Guadalajara II
Modulo: Aplicación de la normatividad informática
Maestra: Martha Aida Araceli Tamayo Medina
Nombre Alumno: Mariano Jair Torres Pérez
No de Actividad: 1
Nombre de Actividad: Conceptos normativos que confirman el mapa jurídico del derecho informático
Unidad 1
Distinción de normatividad del derecho informático


Elabora un reporte en dónde intérpretes los conceptos de derecho informático y conceptualizando el manto normativo que rige al mismo y considerando los elementos que se enlistan a continuación:
·         Derecho
·         Informática
·         informática jurídica
·         normas
·         principios
·         hechos
·         actos
·         legislación informática
·         tratados internacionales
·         constitución política
·         leyes federales
·         leyes locales
·         reglamentos.

Incluir en esta actividad la representación gráfica llamada "pirámide de Kelsen" en la que representaras gráficamente el sistema jurídico escalonado.



Derecho Informático

Derecho informático. Ciencia y rama autónoma del Derecho que abarca el estudio de las normas, jurisprudencias y doctrinas relativas al control y regulación de la informática en aspectos como la regulación del medio informático en su expansión y desarrollo, y la aplicación idónea de los instrumentos informáticos. El Derecho informático no se dedica al estudio del uso de los aparatos informáticos como ayuda al Derecho, sino que constituye un conjunto de normas, aplicaciones, procesos, relaciones jurídicas que surgen como consecuencia de la aplicación y desarrollo de la informática. Es decir, que la informática en general desde este punto de vista es objeto regulado por el Derecho. 
El Derecho informático, como nueva creación jurídica, se encarga de buscar soluciones a los retos planteados por la evolución de las aplicaciones de las computadoras electrónicas. Esta rama del Derecho está en constante seguimiento y estudio de los avances, adelantos y transformaciones tecnológicas a fin de ir planteando las medidas adecuadas que permitan una armónica convivencia social.

Conceptualización del marco normativo que rige al mismo

ciencia, que estudia la regulación normativa de la informática y su aplicación en todos los campos.se dice derecho informático, entonces se analiza si esta ciencia forma parte del derecho como rama jurídica autónoma; así como el derecho es una ciencia general integrada por ciencias específicas que resultan de las ramas jurídicas autónomas, tal es el caso de la civil, penal y contencioso administrativa. 
Conceptos normativos del derecho informático

·        Derecho:
El derecho es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter. En otras palabras, son conductas dirigidas a la observancia de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos inter subjetivos.
Conjunto de conocimientos científicos y técnicas que hacen posible el tratamiento automático de la información por medio de ordenadores. El término es una contracción de las palabras information y automatic (información automática).Conceptualmente, se puede entender como aquella disciplina encargada del estudio de métodos, procesos, técnicas, desarrollos y su utilización en ordenadores (computadoras), con el fin de almacenar, procesar y transmitir información y datos en formato digital.


·         Informática:
Tratamiento automático de la información, utilizando sistemas computacionales, generalmente implementados como dispositivos eléctricos. También es un procesamiento automático de la información.

·         Informática jurídica: 
Es una disciplina de las ciencias de la información que tiene por objeto la aplicación de la informática en el Derecho. Difiere entonces del Derecho informático, que es la regulación jurídica de las nuevas tecnologías.

·         Normas:
Regla o conjunto de reglas que hay que seguir para llevar a cabo una acción, porque está establecido o ha sido ordenado de ese modo.

·         Principios:
Es una ley o regla que se cumple o debe seguirse con cierto propósito, como consecuencia necesaria de algo o con el fin de lograr cierto propósito. Las leyes naturales son ejemplos de principios físicos, en matemáticas, lingüística, algorítmico y otros campos también existen principios necesarios o que se cumplen sin más o que deberían cumplirse si se pretende tener cierto estado de hechos.
Otra manera de concebir los principios inherentes a un sistema o una disciplina es como un reflejo de las características esenciales de un sistema, que los usuarios o investigadores asumen, y sin los cual no es posible trabajar, comprender o usar dicho sistema

·         Hechos:
Acontecimiento, interrupción o alteración histórica, social o política del curso normal de los sucesos, y que por sus efectos contemporáneos o influencia en hechos futuros, exige ser recordado.

·         Actos:
En su sentido más amplio es todo lo que se hace o puede hacerse. Puede significar cualquier acción, así como también hacer referencia a:
o   Manifestación de una voluntad o una fuerza.
o   Momento en el que se realiza la acción o suceso.
o   Ejecución, en oposición a intención.
o   Acto continuo (locución adverbial), el realizado inmediatamente después o a continuación del que acaba de hacerse o ha sucedido.


·         Legislación informática:
Se define como un conjunto de ordenamientos jurídicos creados para regular el tratamiento de la información. Las legislaciones de varios países han promulgado normas jurídicas que se han puesto en vigor dirigidas a proteger la utilización abusiva de la información.

·         Tratados internacionales:
Un tratado internacional es un acuerdo escrito entre ciertos sujetos de Derecho internacional y que se encuentra regido por este, que puede constar de uno o varios instrumentos jurídicos conexos, y siendo indiferente su denominación

·         Constitución política:
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917 es la norma fundamental o carta magna, establecida para regir jurídicamente al país, la cual fija los límites y define las relaciones entre los poderes de la federación: poder legislativo, ejecutivo y judicial, entre los tres órdenes diferenciados del gobiernoː el federal, estatal y municipal, y entre todos aquellos y los ciudadanos. Asimismo, fija las bases para el gobierno y para la organización de las instituciones en que el poder se asienta y establece, en tanto que pacto social supremo de la sociedad mexicana, los derechos y los deberes del pueblo mexicano.

·         Leyes federales:
las Leyes federales son un conjunto de normas establecidas para todo un territorio nacional, siempre y cuando este lugar se reconozca como una Federación, por ejemplo México, un país que se concibe como una federación democrática. Las Leyes federales que se establecen por el poder legislativo de México deberán cumplirse en todo México, por lo cual toda persona que se encuentre en el país se ve obligada a acatarlas.

·         Leyes locales:
Dentro de cada estado de este país, existen diferentes condados, ciudades, municipalidades, pueblos y aldeas, y algunos de estos territorios cuentan también con sus propias leyes locales, las cuales se aplican sólo dentro de los límites de su jurisdicción. Estas leyes locales no pueden contradecir a las leyes federales ni estatales, pero a veces sirven como complemento de estas. Las leyes locales pueden incluir:

·         Algunas normas de tránsito
·         Leyes de renta
·         Leyes de zonificación
·         Leyes de seguridad local
·         Leyes de venta de alcohol



·         Reglamentos:
Un reglamento es un documento que especifica una norma jurídica para regular todas las actividades de los miembros de una comunidad. Establecen bases para la convivencia y prevenir los conflictos que se puedan generar entre los individuos.

·         Pirámide de Kelsen
La pirámide kelseniana representa gráficamente la idea de sistema jurídico escalonado. De acuerdo con Kelsen, el sistema no es otra cosa que la forma en que se relacionan un conjunto de normas jurídicas y la principal forma de relacionarse éstas, dentro de un sistema, es sobre la base del principio de jerarquía.



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