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La normatividad y el acceso a la información en México


Es el derecho de toda persona de solicitar gratuitamente la información generada, administrada o en posesión de las autoridades públicas, quienes tienen la obligación de entregarla sin que la persona necesite acreditar interés alguno ni justificar su uso.
En la Ciudad de México, las autoridades públicas obligadas son las siguientes:
  • ·         Poder ejecutivo
  • ·         Poder legislativo
  • ·         Poder judicial
  • ·         Órganos desconcentrados, descentralizados y autónomos
  • ·         Fideicomisos y fondos públicos
  • ·         Partidos políticos locales
  • ·         Cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad


La información pública se refiere a documentos, es decir, al soporte físico de cualquier tipo (escrito, impreso, sonoro, visual o electrónico) en el que se plasma una información. Por ejemplo:
  • ·         Expedientes, reportes y actas
  • ·         Estudios y estadísticas
  • ·         Acuerdos y resoluciones
  • ·         Correspondencia oficial
  • ·         Oficios, circulares y memorándums
  • ·         Cualquier otro registro de la actividad gubernamental




Existen excepciones a la entrega de la información pública, cuando por sus características ésta se clasifique como información de acceso restringido, con dos modalidades: reservada (cuando pueda comprometer la seguridad nacional o de cualquier persona) y de acceso confidencial (relativa a las personas y protegida por el derecho fundamental a la privacidad).

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